Emprendedores planificando la constitución de una SAS en Uruguay

Constitución y registro de SAS 100% online en Uruguay

Constituir una sociedad por acciones simplificada (SAS) puede ser una buena opción para iniciar un negocio en Uruguay, pero el trámite digital no resuelve por sí solo todas las decisiones que conviene tomar antes de empezar. La estructura de socios, la administración, la forma de firmar y las obligaciones posteriores merecen una revisión.

Actualizado en septiembre de 2026. Esta guía resume el trámite oficial para personas físicas y los puntos que suelen generar dudas. Los requisitos y costos pueden cambiar: verificá siempre la ficha vigente del trámite en gub.uy.

¿Se puede constituir una SAS completamente en línea?

Sí, existe una modalidad digital para SAS cuyos socios, administradores y representantes son personas físicas y cumplen las condiciones del trámite. La ficha oficial admite hasta seis socios y hasta tres administradores o representantes adicionales. Todos los otorgantes que correspondan deben firmar el estatuto con firma electrónica avanzada.

No toda situación encaja en esa vía. Si intervienen otras clases de participantes, se pretende una estructura distinta o ya se inició una reserva de nombre por una vía presencial, puede corresponder otro procedimiento. Conviene comprobar la modalidad aplicable antes de pagar o preparar los documentos.

Qué conviene definir antes de iniciar

  • Quiénes serán socios y cómo participarán: aportes, porcentajes y reglas para decisiones relevantes.
  • Quién administrará y representará a la sociedad: facultades para contratar, abrir cuentas y obligar a la empresa.
  • Qué ocurrirá si un socio sale o entra: mecanismos de transmisión de acciones y resolución de desacuerdos.
  • Cuál será la actividad y el domicilio: datos que deben ser coherentes con los registros y con la operación real.
  • Qué compromisos existen antes de operar: contratos entre socios, propiedad intelectual, marcas, empleados y protección de datos, cuando correspondan.

Un estatuto estándar puede ser suficiente en algunos casos. Si hay varios socios, inversores, aportes desiguales o planes de crecimiento, vale la pena revisar si refleja lo que realmente acordaron.

Cómo es el proceso digital

  1. Comprobar que la sociedad proyectada reúne las condiciones de la modalidad digital.
  2. Reunir los datos de socios, administradores, representantes, domicilio y actividad.
  3. Ingresar al trámite oficial, completar la información y firmar el estatuto con firma electrónica avanzada.
  4. Abonar el costo indicado en la ficha oficial y atender cualquier observación del registro.
  5. Descargar y conservar el estatuto y las constancias una vez finalizado el trámite.

La inscripción digital integra gestiones ante el Registro, DGI y BPS para la modalidad prevista. El costo publicado en gub.uy está sujeto a reajuste; por eso evitamos presentar una cifra fija que pueda quedar desactualizada.

La constitución no termina cuando llega el RUT

Después de obtener el RUT hay obligaciones que la sociedad debe organizar. La ficha oficial indica un plazo de 45 días desde la obtención del RUT para comunicar los beneficiarios finales al Banco Central del Uruguay. También señala la responsabilidad de registrar los libros sociales. No conviene dejar estos pasos para el final ni asumir que la plataforma los realiza automáticamente.

La modalidad digital tampoco reemplaza la revisión de contratos comerciales, condiciones con clientes o proveedores, obligaciones tributarias, laborales o de protección de datos que correspondan a la actividad concreta.

Preguntas frecuentes

¿Necesito asesoramiento para constituir una SAS?

El trámite digital puede iniciarse directamente si se cumplen sus requisitos. El asesoramiento cobra especial valor cuando hay varios socios, acuerdos particulares, inversores, dudas sobre representación o necesidades contractuales que el formulario no resuelve.

¿Un escribano debe intervenir siempre?

No conviene dar una respuesta única para todos los casos. La ficha oficial distingue la modalidad digital para personas físicas de otras variantes que requieren los procedimientos habituales con intervención notarial. La documentación y los actos posteriores también pueden exigir asistencia específica según la situación.

¿Cuánto cuesta?

El costo del trámite se publica en la ficha oficial y puede reajustarse. Además del importe registral, el presupuesto total de puesta en marcha puede depender de firma electrónica, asesoramiento y otras gestiones necesarias para el caso.

¿Qué pasa si el registro observa el trámite?

La ficha oficial establece un plazo para levantar observaciones. Si recibís una, conviene revisarla enseguida y confirmar el plazo concreto aplicable a tu expediente.

Información general: esta guía no sustituye el análisis jurídico de tu proyecto. Antes de actuar, comprobá requisitos y plazos vigentes en los organismos competentes.